lunes, 7 de abril de 2014

Jean-Jacques Rousseau





"Jean-Jacques Rousseau"
Reflexiones sobre El Contrato Social.
Juan Jacobo Rousseau nació en Ginebra, Suiza el 28 de Junio de 1712, recién hace 300 años; fue un escritor, filósofo y músico, sus ideas políticas fueron sin duda de gran influencia en la Revolución Francesa y en el desarrollo de las teorías republicanas.
Para la forma de pensar de los gobernantes institucionales de la época y de los que gobernaban de facto como lo era el Clero, Rousseau representaba un pensador radical que contravenía los dictados de la forma de pensamiento de los que detentaban el poder político, era en lenguaje llano Un Revolucionario.
La Obra Maestra que nos legó, y que fue el soporte ideológico de muchos movimientos sociales y culturales es “El Contrato Social” publicada en 1762, misma que describe la forma en que los individuos tienden a organizarse en grupos, se van imponiendo reglas de convivencia y ceden mediante un Pacto, parte de su soberanía individual a un grupo determinado de personas para que velen por el interés colectivo.
Recordad Compañeros que después de mostraros el Templo de la Sabiduría se les convidó a trabajar como en su tiempo lo hicieron grandes pensadores y filósofos del pasado remoto y del pasado inmediato, Juan Jacobo Rousseau es uno de los tantos Librepensadores del pasado que nos legaron su conocimiento, algunas veces vedado algunas veces tan claro, desde luego para los que siendo iniciados como nosotros en la Filosofía y las Buenas Costumbres entendemos lo que es Bueno y lo que es Malo ante los ojos del hombre y ante Dios
La frase con la que Rousseau arranca su argumentación es “El hombre ha nacido libre, y en todas partes se halla entre cadenas”, después de esto inicia una descripción detallada de cómo desde su posición individual inicial en épocas y biológicamente hablando, poco a poco busca organizarse para su protección y desarrollo mediante ciertos acuerdos ya tácitos o explícitos de su voluntad.
Señala que el Hombre nace libre, pero en ocasiones se ve forzado a obedecer incluso asumiendo la condición de esclavo; pero cuando es por la imposición de la fuerza o en muchas ocasiones para salvaguardar su vida, ¿Comete un error por obedecer, o hace bien cuando obedece? La respuesta que nos ofrece el autor es que hace bien, pues de otra forma o será reprimido o hasta llevado a la muerte, ¿Cómo podría alguien que ha muerto, liberarse del yugo o buscar que su descendencia se libere de éste?
Pero cómo defenderse de los más fuertes, como evitar que te subyugue alguien y que la única esperanza para que deje de hacerlo es esperar a que se debilite y/o que llegue otro más fuerte que él para que sea ahora éste nuevo poderoso quien disponga de nosotros, para ello hay que organizarse, ¿pero cuáles son las formas de organización de los hombres, de nuestra especie?
“La sociedad más antigua de todas, y la única natural, es la de una familia; y aun en esta sociedad los hijos solo perseveran unidos a su padre todo el tiempo que le necesitan para su conservación. Desde el momento en que cesa esta necesidad, el vínculo natural se disuelve. Los hijos, libres de la obediencia que debían al padre, y el padre, exento de los cuidados que debía a los hijos, recobran igualmente su independencia. Si continúan unidos, ya no es naturalmente, sino por su voluntad; y la familia misma no se mantiene sino por convención”.
En ésta frase, Rousseau atiende a la necesidad biológica de organizarse, y es claro en cuanto a que esto es debido a su instinto, dado que obedece al estado vulnerable de la especie que por sí misma no sobrevive sino bajo el cuidado de los que han alcanzado cierta madurez, y ya en éste modelo de organización se ve una sociedad política, muy básica pero al fin sociedad, donde cada quien desempeña una función, hay aquí una concurrencia de Derechos y Obligaciones, uno provee y otro recibe, uno manda y el otro guarda respeto y obediencia.
Regresando a Rousseau, tenemos que dice que el Derecho no surge del Hecho (Causa y efecto), es decir, que no porque un grupo de personas asuma que son esclavos o “el ganado” de alguien, ya sea por la fuerza o por condición (hijos de esclavos) eso deba considerarse una regla de orden, sino que para que subsista requiere para ello de un acuerdo, es decir no va un grupo de personas sometidas tan solo esperar a que lo devoren porque así es la condición del fuerte sobre el débil (condición natural, que se puede dar de hecho) sino que requiere para ello la aceptación tácita o expresa de ese grupo de personas, quienes por cierto, ¿podrían deshacer ese pacto posteriormente? pues sí pero solo si ellos lo quieren; bien decía Rousseau “La Fuerza ha hecho a los primeros esclavos, la cobardía los ha perpetuado”.
Después de ésta reflexión Rousseau nos dice “El más fuerte nunca lo es bastante para dominar siempre, sino muda su fuerza en derecho y la obediencia en obligación”, es decir en tanto no haya una Ley que instituya el deber de obediencia al más fuerte, entendamos que desobedecerlo no es algo ilegítimo y si acaso podremos ser sometidos por la fuerza pero no legítimamente obligados a obedecerle, surge pues en éste análisis el concepto de Diferencia entre Deber y Querer. La reflexión final es, La Fuerza no constituye un Derecho sino una condición natural, y solo se debe obedecer a los poderes legítimos, cuando son aceptados expresamente por El o Los Individuos.
Así tenemos que quizás sea aceptable que una persona se someta a otra, y aun así sería cuestionable porque estaría renunciando a su condición natural de ser libre, pero nunca por ningún motivo puede ni podría enajenar la libertad de sus hijos ni la de los hijos de sus hijos porque ellos tienen para sí mismos al nacer la libertad de decidir si se someten o no a ese deber de obediencia.
En ese sentido se cuestiona Rousseau, ¿es válido que una persona renuncie a todo, es decir reconocer en una persona una autoridad absoluta y a sí mismo una obediencia sin límites? sería como renunciar a su condición de ser humano, pero si lo hiciera, ¿podría decirse que es válido un acuerdo de voluntades cuando esto surge del temor a ser castigado, sometido o muerto si se deja de obedecer a quien se impone por ser más fuerte? Claro que no, es de sentido común que ese acuerdo está viciado por no ser de libre aceptación, y hasta sería declarado nulo, ya por las Leyes del Hombre, ya por el anhelo de justicia que nos irradia Dios.
Dicho lo anterior, Si un tirano impusiera Leyes que pretendieran legitimar su Poder previendo que su fuerza fuera superada ya por otro hombre o bien por el pueblo o personas que tiene sometida; si ese pueblo o su mayoría decidiera desconocer esas Leyes que no representan el acuerdo de voluntades entre los pobladores y el soberano, ¿estaríamos hablando de un Derecho Legítimo de los individuos de desconocer una Regla de Orden que desconoce la condición de Libertad que tienen los individuos por el solo hecho de formar parte de nuestra especie?
Y qué pasaría si una vez que declararan desconocer esas normas el Tirano los oprime, los castiga y hasta pretende privarles de la vida; lo que reflexiono no es una exageración, ¿cuantas veces en la historia vimos que se ordenaba ejecutar o eliminar a personas o grupos de personas que desconocían las ordenanzas o ideologías que sostenían en el poder a los gobernantes? Cuál sería la forma de eliminar esas Leyes, esas Normas o Reglas de Orden? Se tendría que quitar del poder a quien está por la fuerza, aplicando la fuerza si es necesario porque ésta obedecería a un anhelo de justicia y no de sometimiento, es aquí donde la Causa y el Efecto sí cobran vigencia, la Causa sería el desconocimiento de nuestra naturaleza de hombres libres, el Efecto, regresar a los individuos a dicha condición para que ellos dicten nuevas reglas de orden.
El Pacto Social.- “Como los hombres no pueden crear por sí solos nuevas fuerzas, sino unir y dirigir las que ya existen, solo les queda un medio para conservarse, y consiste en formar por agregación una suma de fuerzas capaz de vencer la resistencia, poner en movimiento estas fuerzas por medio de un solo móvil y hacerlas obrar de acuerdo. Esta suma de fuerzas solo puede nacer del concurso de muchas separadas; pero como la fuerza y la libertad de cada individuo son los principales instrumentos de su conservación, ¿qué medio encontrará para obligarlas sin perjudicarse y sin olvidar los cuidados que se debe a sí mismo? Esta dificultad, reducida a mi objeto puede expresarse en estos términos: Encontrar una forma de asociación capaz de defender y proteger con toda la fuerza común la persona y bienes de cada uno de los asociados, pero de modo que cada uno de estos, uniéndose a todos, solo obedezca a sí mismo, y quede tan libre como antes. Este es el problema fundamental, cuya solución se encuentra en el Contrato Social”.
Como todo Contrato, éste estaría constituido por Cláusulas, las cuales, por razón de tiempo y espacio podríamos resumir y explicar con la siguiente frase:
Cada uno de nosotros pone en común su persona y todo su poder bajo la suprema dirección de la voluntad general; recibiendo también a cada miembro como parte indivisible del todo. En el mismo momento, en vez de la persona particular de cada contratante, este acto de asociación produce un cuerpo moral y colectivo, compuesto de tantos miembros como voces tiene la asamblea; cuyo cuerpo recibe del mismo acto su unidad, su ser común, su vida y su voluntad. Esta Persona Pública que de este modo es un producto de la unión de todas las otras, tomó antiguamente el nombre de Civitas, y ahora el de República (Cosa Pública)”.
Casi a punto de terminar éste pequeño análisis, que espero genere en vosotros un deseo por acudir a la Fuente de consulta, quisiera referirme al Poder Soberano, de ahí comienzo por señalar que Soberano significa Por Encima De, es decir que nadie está encima de quien es el Soberano, así, si el Pueblo es el Poder Soberano de una nación, nadie está por encima de éste, y es así porque obedece al Contrato Social que erigimos para protegernos en comunidad por encima del interés particular de un individuo que se aparte de la naturaleza humana de reconocer nuestra libertad. Lo que nosotros hacemos es ceder parte de nuestra soberanía individual para constituir una Soberanía Colectiva que como se dijo antes formaría una República, es decir un ente Colectivo Social.
Para evitar que en una sola persona se deposite todo el Poder que le concedemos al representante de la colectividad, en las sociedades modernas se ha establecido que el Poder Público se divida en: el Que Hace las Leyes (Legislativo) el Que se encarga de Publicarlas y Ejecutarlas (Ejecutivo) y el Que resuelve los conflictos con la aplicación de las mismas (Judicial). Este modelo de República se hizo popular por la Teoría Política de un famoso Filósofo Pensador Francés de la época de la Ilustración “Charles Louis de Secondat, Señor de la Brède y Barón de Montesquieu” en la Obra “El Espíritu de las Leyes” (1748), modelo de gobierno que tomó del sistema de poder público germánico, tema que bien podría darnos materia para realizar otro estudio.
Juan Carlos Soto García.
Coordinador de Asuntos Jurídicos